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Corte Suprema

COZZANI REINALDO HUGO c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema hizo parcialmente lugar a la queja interpuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el juicio promovido por Reinaldo Hugo Cozzani contra la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y revocó el pronunciamiento dictado en la causa principal, sin imponer costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 545. XXXV. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Municipalidad de la ciudad de buenos aires Gobierno de la ciudad de buenos aires Remision al dictamen del procurador general Costas por su orden Revocacion Hacer lugar parcialmente Responsabilidad municipal

¿Quién es el actor?

Reinaldo Hugo Cozzani.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (parte recurrente en la queja: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto transcripto no describe la pretensión deducida en la causa principal).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la queja y al recurso extraordinario interpuesto a fs. 1094/1105, con el alcance indicado en el considerando; se revoca el pronunciamiento de fs. 1069/1070 de los autos principales; costas por su orden; se exime a la recurrente del depósito diferido; se agrega la queja al principal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por el recurrente encuentran adecuada respuesta en el dictamen del señor Procurador General de la Nación, a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad." Asimismo, el fallo señala: "Por ello, y por ser inconducente el planteo de fs. 112/113, en tanto se vincula con un supuesto diferente al examinado en autos, se hace lugar parcialmente a la queja al recurso extraordinario interpuesto a fs. 1094/1105 con el alcance indicado, y se revoca el pronunciamiento de fs. 1069/1070 de los autos principales. Costas por su orden."

Nota: la sentencia remite al dictamen del Procurador General, que no se transcribe, por lo que los fundamentos sustanciales no surgen del texto analizado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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