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Corte Suprema

SCALLY DANIEL SANTIAGO c/ ANSES s/DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES

El actor, Daniel Santiago Scally, reclamó el retiro por invalidez frente a la ANSeS, que lo había denegado. La Corte Suprema confirmó la sentencia que lo había otorgado, fundándose en que los peritajes oficiales del Cuerpo Médico Forense, que fijaron una incapacidad del 68,68 %, reunían los requisitos de eficacia probatoria y no fueron desvirtuados por el organismo previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 675. XL. ROR
Retiro por invalidez Incapacidad laboral Dictamen pericial medico Cuerpo medico forense Eficacia probatoria Seguridad social Anses Cardiopatia coronaria Costas Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Daniel Santiago Scally.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez (prestación previsional por invalidez en el régimen de dependientes), cuya denegación administrativa había sido dejada sin efecto en primera instancia.

¿Qué se resolvió?

la Corte confirmó la sentencia apelada, que había dejado sin efecto la resolución denegatoria de la ANSeS. Se hace lugar a la pretensión del actor y se confirma el reconocimiento de la invalidez. La imposición de costas a la ANSeS había quedado firme por consentimiento de la recurrente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los peritajes oficiales tenidos en cuenta por el juzgador (fojas 43/49, fojas 78/79 y fojas 87) reúnen los requisitos de admisibilidad y de eficacia probatoria exigidos por los artículos 472 y 477 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la apelante haya aportado probanzas de mayor rigor científico que permitan desvirtuar tales conclusiones."

"[E]l informe forense da cuenta de algunas dolencias y de factores complementarios que no habían sido contemplados por el servicio médico de la demandada al momento de determinar aquel menor porcentaje de incapacidad (fs. 48/48 vta. del expediente que corre por cuerda), que dio lugar a la resolución denegatoria del beneficio."

"[L]as argumentaciones basadas en la situación de emergencia económica en la que se encontraría el sistema previsional argentino y otras descripciones realizadas en su apelación respecto del régimen jubilatorio instaurado en el país, resultan apreciaciones genéricas que tampoco justifican la modificación del criterio adoptado por la cámara."

"[L]os agravios relacionados con la imposición de costas a la ANSeS, son fruto de una reflexión tardía pues dicho aspecto de la sentencia de primera instancia había quedado firme por haber sido consentido por la recurrente."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 472, 477 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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