BERTELLA MARIA LUJAN c/ M° J Y DDHH ART 3 LEY 24043 RESOL 1417/06 (EX 389674/95) s/
La demandante María Luján Bertella reclamó la indemnización prevista por la ley 24.043 por el período de exilio posterior a su liberación de la ESMA. La Procuración General dictaminó que correspondía confirmar la decisión de la Cámara que había revocado la denegatoria y ordenado calcular la reparación, por considerar que el exilio fue consecuencia de la detención ilegal.
Demandante (Actor): María Luján Bertella.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización prevista por la ley 24.043 (y modificatoria 24.906) por el período en que la actora permaneció exiliada en Brasil y luego en Francia, tras su liberación.
¿Qué se resolvió?
La resolución 1417/06 del Ministerio había denegado el beneficio por el período de exilio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala IV) la revocó y ordenó devolver las actuaciones para calcular la indemnización. El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario. La Procuración General dictamina que corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto fue motivo de recurso extraordinario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Fundamento de la Cámara: "aun cuando no se hallare probada la libertad bajo custodia alegada, no resultaba ello óbice para denegar el beneficio a la luz de la nueva doctrina expuesta, en razón de que en autos concurrían análogas circunstancias a las tenidas en cuenta por el Tribunal en el caso 'Yofre de Vaca Narvaja'".
Fundamento del dictamen: "el elemento común en todos fue la detención ilegítima y efectiva (circunstancia ésta que en el sub lite fue reconocida por la autoridad de aplicación y cuya indemnización dispuso por la resolución M.I. n° 1510/94, del Ministro del Interior)".
"la concomitancia existente entre la fecha en la que el demandante recuperó su libertad (21 de noviembre de 1979) y aquella en la que abandonó el país (enero de 1980), en mi opinión, resulta relevante como indicio de que se vio forzada a partir como consecuencia de la detención ilegal que sufrió."
La Procuración sostuvo que correspondía computar el período de permanencia fuera del país como prolongación del estado de restricción de la libertad, citando los precedentes "Bufano", "Geuna" y "Quiroga" (Fallos: 323:1406, 1460 y 1491).
Sobre admisibilidad: se halla en discusión la interpretación de la ley 24.043, sus normas reglamentarias y la ley 24.906, y la decisión es contraria al derecho invocado (art. 14, inc. 3 de la ley 48).
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Normas que cita
- Ley 24.043Indemnizaciones
- Ley 24.906Indemnizaciones
- Ley 48arts. 14, inc. 3 · Justicia nacional
- Resolución 1417/06
- Resolución 1510/94
- Resolución 2403/97
- Resolución 221/00
Fallos que cita
- Yofre de Vaca Narvaja, Susana c/ Ministerio del InteriorCSJN
- BufanoCSJN · Fallos 323:1406
- Fallos 308:647CSJN
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