JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CERUTTI HECTOR CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia en lo relativo a la tasa de interés, siguiendo el precedente Aguilar. La revocó en lo demás, aplicando los criterios de los precedentes Schiariti e Iglesias sobre la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 4056. XXXVIII. ROR
Recurso ordinario Reajuste previsional Anses Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Inconstitucionalidad Tasa de interes Movilidad jubilatoria Costas por su orden Precedentes schiariti Aguilar e iglesias

¿Quién es el actor?

Héctor Carlos Cerutti.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS; se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés, según el precedente "Aguilar, Froilán"; y se la revocó con el alcance que surge de los fallos "Schiariti, Oscar Nicolás" e "Iglesias, Manuel". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("Schiariti") y en la causa I.110.XXXV. "Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Considerando 2°: "Que los agravios vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ("Aguilar"), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Que los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

No hay votos en disidencia: la decisión es unánime de los seis ministros firmantes.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Aguilar, FroilánCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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