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Corte Suprema

VERNETTI NORMA AURORA c/ PEN LEY 25561 DTOS 1570/01 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25561

La Corte Suprema rectificó su sentencia previa y revocó la decisión que había admitido el amparo, rechazando la demanda por aplicación del criterio de Mata Peña. El tribunal subsanó un error material al excluir de la sentencia anterior la mención de esta causa, que versaba sobre cuotapartes de un fondo común de inversión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 329. XLIII. REX
Pesificacion Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 214/02 Cuotapartes Fondo comun de inversion Amparo Rectificacion de sentencia Error material mata pena

¿Quién es el actor?

Norma Aurora Vernetti.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (PEN), con intervención de la entidad financiera BBVA Banco Francés S.A., que solicitó la rectificación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido en el marco de la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, relativo a la pesificación de depósitos y/o cuotapartes en el marco de la emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

el tribunal hizo lugar a la petición de rectificación, subsanó el error material que incluía la mención de esta causa en la sentencia dictada a fs. 264/266 vta., y revocó la decisión del a quo, rechazando la demanda en los términos de la causa "Mata Peña". Las costas se impusieron en todas las instancias por su orden, en razón de lo novedoso y complejo de la materia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que asiste razón a la peticionaria, pues el Tribunal advierte que se ha incurrido en un error material al incluir en la sentencia de fecha 14 de agosto de 2007 cuya copia obra a fs. 264/266 vta. la mención de la presente causa, en tanto ésta versa sobre cuotapartes de un fondo común de inversión."

"Que, por lo tanto, resulta aplicable al caso de autos el criterio establecido por el Tribunal al decidir la referida causa 'Mata Peña', a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad."

La peticionaria había solicitado que se aplicara el criterio de "Mata Peña" (Fallos: 330:5111) y no el de "Massa" (Fallos: 329:5913) ni el de "Kujarchuk" (Fallos: 330:3860), en tanto se trataba de cuotapartes de un fondo común de inversión.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3860
  • Mata PeñaCSJN · Fallos 330:5111

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