FARFAN MIGUEL ANGEL Y ARJONA ANA MIRIAM s/CAUSA N° 7591
El recurso de queja interpuesto por la Defensora Oficial en favor de Miguel Ángel Farfan y Ana Miriam Arjona fue admitido por la mayoría de la Corte Suprema, que declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. Los Ministros Petracchi y Argibay votaron en disidencia desestimando la queja por considerar inadmisible el recurso extraordinario.
Actor/recurrente: Miguel Ángel Farfan y Ana Miriam Arjona, representados por la Defensora Oficial Dra. Eleonora Devoto.
Demandado/recurrido: DESCONOCIDO (el fallo no identifica a la contraparte en el texto).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario deducido en la causa n° 7591, tramitada ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la provincia de Jujuy.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte y hace suyos los términos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios, remitiendo al dictamen de la Procuración.
¿Cómo votaron los jueces?
Los Ministros Enrique Santiago Petracchi y Carmen M. Argibay consideraron que el recurso extraordinario "es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y desestimaron la queja, intimando al depósito previsto en el art. 286 del CPCCN.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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