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Corte Suprema

MICHELLI RAMOS JAVIER FRANCISCO c/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. Y OTROS s/SUMARISIMO

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos en diversos amparos y sumarísimos contra bancos y el Estado Nacional por el régimen de restricción de disposición de depósitos en dólares (corralito), y revocó las sentencias apeladas. Ordenó dictar nuevos fallos conforme a la doctrina sentada en los precedentes Agüero y Coronel, del 12 de mayo de 2009.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 588. XLIII. REX
Corralito Restriccion de depositos bancarios Amparo Sumarisimo Recurso extraordinario Emergencia economica Depositos en dolares Banco central Estado nacional Precedente aguero

¿Quién es el actor?

Javier Francisco Michelli Ramos y, en las causas acumuladas, otros depositantes bancarios.

¿A quién se demanda?

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y otros; Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional, Banco Central de la República Argentina) y otros bancos según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Levantamiento de las restricciones para disponer de depósitos bancarios en dólares y/o pesos impuestas por el régimen de emergencia (corralito), reintegro de fondos y acciones de amparo y sumarísimo.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y revocó las sentencias apeladas, remitiendo los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de los precedentes "Agüero" y "Coronel". Las costas se impusieron por su orden por tratarse de un régimen jurídico novedoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia no desarrolla fundamentos propios sino que remite, "en lo pertinente, por razones de brevedad", a los considerandos de las causas A.1518.XXXIX "Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/acción declarativa de inconstitucionalidad" y C.2862.XXXXIX "Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad", falladas el 12 de mayo de 2009. Los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni se remitieron a sus disidencias en esas causas. No hay transcripción de fundamentos propios en este pronunciamiento.

Fallos que cita

  • Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación ArgentinaCSJN · 12/05/2009
  • Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otrosCSJN · 12/05/2009

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