JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GARAY DORA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la actora y de la ANSeS en un reajuste previsional y confirmó lo resuelto por la Cámara Federal de la Seguridad Social, con el alcance fijado en los precedentes Cremona, Perletto y Aguilar. El tribunal remitió a esos fundamentos para resolver el planteo sobre el haber inicial, el plazo de cumplimiento y la tasa de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2948. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Haber inicial Retribuciones hasta el cese Ley 18.037 art. 55 Limitacion de recursos Plazo de cumplimiento de sentencia Tasa de interes Movilidad jubilatoria Anses Recurso ordinario ante la corte.

¿Quién es el actor?

Dora Garay.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la determinación del haber inicial incluyendo retribuciones percibidas hasta el cese laboral efectivo, la defensa de limitación de recursos, el plazo de cumplimiento de la sentencia y la tasa de interés.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó el pronunciamiento apelado, con el alcance que surge de los considerandos. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el haber inicial (considerando 3°): la cuestión de fondo "remite al tratamiento de un tema sustancialmente análogo al resuelto en el precedente de Fallos: 323:3653 ('Cremona, Ana Margarita'), al que cabe remitir por razón de brevedad. El juez Vázquez remite a su disidencia en la citada causa."

Sobre el plazo de cumplimiento (considerando 6°): los planteos de la demandada "guardan sustancial analogía con los resueltos en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

Sobre la tasa de interés (considerando 7°): los agravios "encuentran adecuada respuesta en la causa A.376.XXXV. 'Aguilar, Froilán c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Cremona, Ana MargaritaCSJN · Fallos 323:3653
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Aguilar, Froilán c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidadCSJN · 21/05/2002

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