CANALI OLGA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA - AC. 57/92 s/EMPLEO PUBLICO
Los actores, empleados del Ministerio de Justicia, reclamaron por el régimen de empleo público vinculado al Acordada 57/92 de la Corte Suprema. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Arakaki.
¿Quién es el actor?
Olga Canali y otros (conjunto de empleados, con otros actores acumulados en la misma decisión).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (E.N.) - Ministerio de Justicia - Acordada 57/92 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamos vinculados al empleo público en el marco de la Acordada 57/92.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con costas según el art. 68 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios planteados remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas el 7 de octubre de 2003 en la causa A.629.XXXVI 'Arakaki, Marcela Noemí y otros c/ E.N. - C.S.J.N. - Ac. 57/92 s/ empleo público', a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad." No se transcriben otros considerandos, ya que la sentencia remite íntegramente a Arakaki.
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Normas que cita
- Acordada 57
- Ley 17.454
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