ROLON MANUEL ELBIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la actora contra el reajuste de su haber previsional y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Ordenó que la movilidad del haber desde el 11 de abril de 1991 se practique según los criterios de los precedentes Sánchez y Badaro, descontando lo percibido por los aumentos de los decretos del Poder Ejecutivo.
¿Quién es el actor?
Manuel Elbio Rolón.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, en particular el recálculo del haber inicial y la movilidad de las prestaciones.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario, se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del caso "Sánchez" y se dispuso que la movilidad del haber, por el período indicado en "Badaro", se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por los decretos del Poder Ejecutivo en el mismo período arrojen una prestación superior, en cuyo caso se estará a este resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las objeciones de la demandante vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
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