DIAZ AURORA OLGA c/ ANSES s/PENSIONES
La Corte Suprema confirmó la sentencia que revocó el beneficio de pensión de la actora, al considerar probada su culpa en la separación de hecho. Sostuvo que la recurrente abandonó el hogar, dejó a sus hijos al cuidado del esposo e inició una convivencia con otro hombre, lo que configura la causal de pérdida del derecho previsto en el art. 1°, inc. a, de la ley 17.562.
¿Quién es el actor?
Aurora Olga Díaz (cónyuge supérstite, peticionaria de la pensión).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reconocimiento del beneficio de pensión derivada de la muerte del titular.
¿Qué se resolvió?
se declara procedente el recurso ordinario y se confirma la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había revocado la sentencia de primera instancia y rechazado la pensión. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tales agravios no se hacen cargo de las circunstancias comprobadas en la causa, en particular de que la apelante hizo abandono del hogar, dejó los hijos al cuidado de su esposo e inició una convivencia en aparente matrimonio con otro hombre con el que tuvo cuatro hijos, comportamiento que pone de manifiesto que lo hizo para sustraerse al cumplimiento de sus deberes conyugales y que no ha podido justificar en debida forma."
"En tales condiciones, resulta razonable el criterio de la alzada que consideró probada la culpabilidad de la peticionaria en la separación de hecho e hizo efectiva la sanción de pérdida del derecho a que hace mención el art. 1°, inc. a, de la ley 17.562, por lo que corresponde desestimar el agravio respectivo."
La recurrente sostenía, con citas de jurisprudencia de la Corte, que para excluirla del beneficio era necesario probar en forma fehaciente su culpa en la separación, condición que, a su juicio, no se cumplía en la sentencia impugnada.
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Normas que cita
- Ley 17.562art. 1
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
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