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Corte Suprema

SANCHON FABIAN H. c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL - BANCO DE LA NACION ARGENTINA - BANCO HIPOTECARIO - Y OTRO s/ACCION DE AMPARO

La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario interpuesto por un particular contra el Poder Ejecutivo Nacional y los bancos Nación e Hipotecario, y confirmó la sentencia apelada remitiéndose a los fundamentos de los precedentes Agüero y Coronel, fallados el 12 de mayo de 2009, sobre el régimen jurídico novedoso en cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1903. XL. RHE
Regimen juridico novedoso Queja Recurso extraordinario Sentencia por remision a precedentes Costas por su orden Banco de la nacion argentina Banco hipotecario Poder ejecutivo nacional Fabian sanchon

¿Quién es el actor?

Fabián H. Sanchon, por derecho propio, con patrocinio del Dr. Fernando De Monte.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional, Banco de la Nación Argentina y Banco Hipotecario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Según surge de la carátula y de la resolución, el reclamo tramitó ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Bahía Blanca n° 1; el fallo no describe el objeto concreto del reclamo.

¿Qué se resolvió?

La Corte, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada. Las costas se impusieron por su orden en razón de tratarse de un régimen jurídico novedoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas A.1518.XXXIX 'Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/ acción declarativa de inconstitucionalidad' y C.2682.XXXIX 'Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad', ambas falladas el 12 de mayo de 2009 mediante sentencias a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"La jueza Highton de Nolasco se remite a su disidencia en las referidas causas."

"El texto de los precedentes mencionados se encuentra publicado en la página web del Tribunal."

Nota: la jueza Highton de Nolasco votó en disidencia en los precedentes citados; en este fallo integra la mayoría por remisión a su disidencia en esas causas.

Fallos que cita

  • Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 12/05/2009
  • Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidadCSJN · 12/05/2009

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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