FABBOZZI ANA MARIA c/ INPS-CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJAD ORES AUTON s/OTROS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia que había fijado la tasa de intereses en el reclamo previsional de Ana María Fabbozzi. El tribunal se remitió a los fundamentos del precedente Aguilar (Fallos: 325:1185), por tratarse de agravios sustancialmente análogos.
¿Quién es el actor?
Ana María Fabbozzi.
¿A quién se demanda?
INPS-Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos (con intervención de la ANSeS como recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
planteo de inconstitucionalidad de los arts. 1°, 2° y 5° de la ley 21.864.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la ANSeS y se revocó la sentencia apelada, con el alcance indicado en el precedente "Aguilar". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la ANSeS referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad." El fallo es breve y no desarrolla argumentos propios: su fundamento consiste en la remisión al precedente citado.
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Normas que cita
- Ley 21.864arts. 1, 2, 5 · Aportes y deudas previsionales
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- AguilarCSJN · Fallos 325:1185
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