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Corte Suprema

NEUMANN ASTIZ GODOFREDO EUGENIO c/ CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y OTRO s/COBRO DIFERENCIAS EN PRESTACIONES

El recurrente cuestionó la intimación a integrar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación en un recurso de queja contra la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de Santa Fe. La Corte Suprema hizo lugar a la reposición por considerar aplicable la exención del art. 13, inc. f, de la ley 23.898 y dejó sin efecto la intimación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 139. XXXIX. RHE
Deposito previo Recurso de queja Exencion de pago Ley 23.898 Art. 13 inc. f Art. 286 cpccn Caja de seguridad social Abogados Reposicion Tasa de justicia

¿Quién es el actor?

Godofredo Eugenio Neumann Astiz.

¿A quién se demanda?

Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reposición y nulidad contra la providencia de fs. 16 que intimó a integrar el depósito del art. 286 del CPCCN, alegando la exención del art. 13, inc. f, de la ley 23.898.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la reposición y se deja sin efecto la intimación dispuesta a fs. 16.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"toda vez que la presente queja fue interpuesta en una causa en la que el recurrente demanda a la caja de seguridad social de abogados de la Provincia de Santa Fe, resulta razonable considerar que se configura el supuesto de exención previsto en el inc. f, del art. 13, de la ley 23.898."

El juez Vázquez, "sin perjuicio de compartir lo precedentemente expresado, se remite a sus votos en las causas 'Urdiales', Fallos: 319:1389 y 'Marono', Fallos: 319:2805, entre otros."

Normas que cita

  • Ley 23.898art. 13 inc. f · Tasas judiciales
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • UrdialesCSJN · Fallos 319:1389
  • MaronoCSJN · Fallos 319:2805

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