JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SOLA JUANA CELESTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra la ANSeS en procura de reajustes previsionales. La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la actora, hizo lugar al recurso de la demandada y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los precedentes Aguilar y Perletto en materia de tasa de intereses y demás agravios previsionales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 721. XXXIX. ROR
Reajustes previsionales Anses Recurso ordinario de apelacion Desercion del recurso Memorial Tasa de intereses Precedente aguilar Precedente perletto Costas por su orden Seguridad social

¿Quién es el actor?

Juana Celestina Solá.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declaró desierto el recurso ordinario de la actora por no haber presentado el memorial previsto en el artículo 280, segunda parte, del CPCCN; se declaró procedente el recurso ordinario de la demandada y se confirmó la sentencia apelada. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"no obstante haberse notificado a la actora de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."

"los agravios de la ANSeS, referentes a la tasa de intereses, guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"los restantes agravios del organismo previsional resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

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