REBELERO RAMON ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un beneficiario previsional reclamó el reajuste de su haber y el cobro de las diferencias, y la Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social. El Tribunal aplicó la doctrina de Sánchez, Monzo y Bonahora sobre la incidencia de la ley 23.928 y fijó el plazo de cumplimiento conforme a la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Ramón Alberto Rebelero.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste varios de la prestación previsional, incluyendo la incidencia de la ley 23.928, la excepción de prescripción, la tasa de interés y el plazo de cumplimiento de los fallos.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios de ambas partes; se revocó la sentencia apelada con el alcance de "Sánchez", "Monzo" y "Bonahora" y se la confirmó conforme a "Spitale"; se adecuó el plazo de cumplimiento al art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del demandante relacionados con la excepción de prescripción suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa B.1798.XL. 'Bonahora, Rufina c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada en la fecha, a cuyas consideraciones, en lo pertinente corresponde remitir por razón de brevedad."
"Que las objeciones del actor relacionadas con la incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación, guardan sustancial analogía con las que fueron tratadas por el Tribunal en los precedentes 'Sánchez' y 'Monzo' (Fallos: 328:1602 y 2833, y 329:3211, respectivamente), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"Que las críticas de las partes referentes a la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."
"Que las impugnaciones de la ANSeS relacionadas con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractas, pues las normas atinentes al plazo de cumplimiento de los fallos dictados en la materia han sido modificadas por la ley 26.153, por lo que cabe adecuar el término fijado de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la última ley mencionada."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- MonzoCSJN · Fallos 329:3211
- BonahoraCSJN
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- López, Juan Carlos c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 11/11/2008
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