ORELLANA EDUARDO CESAR s/SU PRESENTACION
El Defensor Oficial de Eduardo César Orellana dedujo recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario en una causa penal. La Corte Suprema declaró procedente la queja, hizo lugar al recurso extraordinario y dejó sin efecto la decisión recurrida, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
Actor (recurrente): Eduardo César Orellana, asistido por la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez (a través de su Defensor Oficial).
¿A quién se demanda?
Estado nacional, en representación del tribunal que dictó la decisión recurrida (Cámara Nacional de Casación Penal, Sala III).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de hecho interpuesto contra la resolución que denegó el recurso extraordinario deducido por la defensa en la causa penal seguida contra Orellana (antecedente: Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de San Martín).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedente la queja, hizo lugar al recurso extraordinario y dejó sin efecto la decisión apelada, devolviendo la causa al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del señor Procurador Fiscal, a cuyos términos se remite en razón de brevedad." La mayoría adhirió a los argumentos del Procurador Fiscal, cuyo dictamen no se transcribe en el documento.
¿Cómo votaron los jueces?
los Ministros Petracchi y Argibay, en disidencia, consideraron que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 del CPCCN), por lo que desestimaban la queja e intimaban al recurrente a acreditar el beneficio de litigar sin gastos o efectuar el depósito del art. 286 del CPCCN. Esta postura quedó en minoría.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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