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Corte Suprema

ASEFF MARIA ESTELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS en el reajuste previsional de María Estela Aseff, y desestimó los agravios sobre movilidad de la prestación por remitir al precedente Sánchez. Ordenó cumplir la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153, que reemplazó al art. 22 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 352. XLI. ROR
Movilidad previsional Reajuste de haberes Plazo de cumplimiento Ley 26.153 Ley 24.463 Art. 21 ley 26.153 Precedente sanchez Anses Recurso ordinario Seguridad social.

¿Quién es el actor?

María Estela Aseff.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de la prestación previsional.

¿Qué se resolvió?

se desestimaron los agravios de la demandada sobre la movilidad de la prestación; se revocó la sentencia en cuanto al plazo de cumplimiento, adecuándolo al art. 21 de la ley 26.153, y se ordenó su cumplimiento en ese plazo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la demandada respecto de la movilidad de la prestación hallan adecuada respuesta en el precedente de esta Corte 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), por lo que se los desestima."

"Que las objeciones relacionadas con el plazo de cumplimiento del fallo, han devenido abstractas pues el art. 23 de la ley 24.463 ha sido derogado por la ley 26.153, que también modificó el término acordado por el art. 22 para la ejecución."

"En consecuencia, corresponde revocar la sentencia sobre este último punto para adecuarla a lo dispuesto por el art. 21 de la citada ley 26.153."

Fallo unánime; no se registran votos en disidencia.

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