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Corte Suprema

IMENDE HECTOR OSVALDO Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema resolvió los recursos de hecho en causas de ahorristas contra el Poder Ejecutivo Nacional por la pesificación de depósitos bancarios. Dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses, por remisión al precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 87. XLII. RHE
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ahorristas Cer Intereses Recurso extraordinario Recurso de hecho Poder ejecutivo nacional Massa Kujarchuk

¿Quién es el actor?

Héctor Osvaldo Imende y otro, y demás actores de las causas acumuladas (ahorristas titulares de depósitos bancarios).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (en algunas causas, también el Estado Nacional - Ministerio de Economía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por aplicación de las normas de pesificación.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. En virtud de los fundamentos, se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas por el banco durante el pleito y las entregadas por cautelares. El reconocimiento tiene como límite lo decidido por la cámara y excluye los supuestos de extinción de la obligación por canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; costas anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La Corte remite al precedente "Massa" y, en cuanto a la forma de cómputo de pagos a cuenta, a "Kujarchuk" (Fallos:330:3680). Se aclara que el reconocimiento de derecho es "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles." Asimismo, se invoca la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" para justificar la distribución de costas y la devolución de las actuaciones a primera instancia.

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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