BOERIS MONICA ALEJANDRA s/REC. ART. 32 LEY 24.521
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Universidad Nacional de La Pampa en el marco del art. 32 de la ley 24.521 y revocó la sentencia apelada. Se adhirió en su totalidad al dictamen de la Procuración Fiscal, cuyos argumentos dio por reproducidos en razón de brevedad.
¿Quién es el actor?
Mónica Alejandra Boeris.
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional de La Pampa (recurrente en el recurso extraordinario).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso interpuesto en los términos del art. 32 de la ley 24.521 (Ley de Educación Superior), cuya materia de fondo no surge del texto transcripto.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte el dictamen de la señora Procuradora Fiscal a cuyos argumentos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad." El fallo no contiene fundamentación propia; los argumentos de la decisión están en el dictamen de la Procuración, que no fue incluido en el documento analizado.
No hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 24.521art. 32 · Educacion superior
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