JAROSLAVSKY JAIME c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema hizo lugar parcialmente al recurso del jubilado Jaime Jaroslavsky contra la ANSeS y dispuso que la movilidad de su haber entre 1997 y fines de 2006 se calcule según el índice del precedente Badaro, salvo que los aumentos por decreto arrojen una prestación mayor. La Corte remitió a los fundamentos de Badaro y Elliff, y declaró desierto el agravio sobre el haber inicial por falta de fundamentación suficiente.
¿Quién es el actor?
Jaime Jaroslavsky (jubilado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes de haberes previsionales (movilidad) desde 1997 hasta fines de 2006, y el método de determinación del haber inicial.
¿Qué se resolvió?
declarar parcialmente procedente el recurso ordinario, confirmar parcialmente la sentencia apelada y disponer que la movilidad del período 1997-2006 se practique conforme al índice fijado en "Badaro", salvo que los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior, caso en el cual se estará a ese resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "las impugnaciones atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir de 1997 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por este Tribunal en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) y en la causa E.131.XLIV 'Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada por esta Corte con fecha 11 de agosto pasado, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
Considerando 3°: "las restantes argumentaciones, relacionadas con la determinación del haber inicial, no tienen la aptitud necesaria para variar la solución a la que se arribó en ambas instancias, dado que no logra explicar el erróneo encuadramiento normativo ni expone con claridad el perjuicio que el método aplicado por la ANSeS le ha causado, lo cual lleva a declarar desierto el remedio intentado sobre el punto."
Considerando 1°: el actor apeló el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había confirmado el rechazo del pedido de movilidad sobre la base del precedente "Heit Rupp, Clementina".
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
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