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Corte Suprema

TYLER ETHEL MERCEDES c/ PEN DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

Los actores promovieron amparos contra el Estado Nacional y la entidad bancaria por la pesificación de sus depósitos en dólares dispuesta por el Decreto 1570/01 y 214/02. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a recibir el reintegro de sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 279. XLV. REX
Pesificacion Depositos en dolares Corralito Amparo Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Ley 25.561 Emergencia publica Cer Reintegro de depositos

¿Quién es el actor?

Los depositantes individualizados en las causas acumuladas (Tyler Ethel Mercedes, Arbones Jaime, Cedrola Lorenzo Angel, Defilippi Raúl Alejandro, Liberman Ida, Núñez Jorge Osvaldo y otro, Palleja María Lourdes, Periro Luis Manuel y Vergagno Jorge Alberto y otra).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN) y las entidades bancarias depositarias (entre ellas Itaú Bansud).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo contra la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por las normas de emergencia (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02), con reintegro del depósito en moneda extranjera.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se declaró el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a pesos a la relación de $1,40 por dólar estadounidense, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Los pagos a cuenta (sumas abonadas durante el pleito y las entregadas por medidas cautelares) se computan según la causa "Kujarchuk" (Fallos 330:3680). El reconocimiento queda limitado al monto fijado por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automotores). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos 329:5913, sentencia del 27 de diciembre de 2006), por ser las cuestiones sustancialmente análogas. El juez Fayt se remite además a su voto en la causa "Piriz" (Fallos 330:331, del 6 de marzo de 2007). No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

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