RIVELLI VIVIANA ANTONIETA c/ HERRERA GASPAR EZEQUIEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE
La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora citada en garantía en un juicio por daños derivados de un accidente de tránsito. Revocó la sentencia y admitió que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato.
¿Quién es el actor?
Viviana Antonieta Rivelli.
¿A quién se demanda?
Gaspar Ezequiel Herrera y otros; la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía, interpuso el recurso extraordinario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (acción por lesiones o muerte).
¿Qué se resolvió?
la Corte remitió a los precedentes que cita (Fallos 329:3054 y 3488; 330:3483; 331:379; causas "Obarrio" y "Gauna", sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones se dan por reproducidas. Revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Impuso costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el propio fallo no desarrolla argumentación propia; se remite a los precedentes citados. Por ello, no hay transcripción de considerandos propios. Los fundamentos de los precedentes deben consultarse en las sentencias allí referidas.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 48art. 16 (segunda parte) · Justicia nacional
Fallos que cita
- Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
- Fallos 329:3054CSJN
- Fallos 330:3483CSJN
- Fallos 331:379CSJN
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