JurisprudenciaARG
Corte Suprema

WALDMANN GUSTAVO JULIO c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS Y OTRO s/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA

Los herederos de depositantes en dólares reclamaron contra el Estado Nacional y entidades bancarias por la pesificación de sus depósitos. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios y revocó las sentencias apeladas, ordenando dictar un nuevo fallo conforme a los precedentes Agüero y Coronel.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 156. XLI. RHE
Pesificacion Depositos en dolares Recurso extraordinario Queja Precedentes aguero y coronel Regimen juridico novedoso Conversion a pesos Estado nacional Sistema financiero Revocacion de sentencias.

¿Quién es el actor?

First Trust of New York National Association y Banco Hipotecario S.A. (quejosos, en carácter de recurrentes ante la Corte); Gustavo Julio Waldmann figura como parte en la carátula.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo vinculado a la conversión a pesos de depósitos en dólares estadounidenses, en el marco del régimen de pesificación.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas y ordenó que el tribunal de origen dicte nuevo fallo conforme a la doctrina de los precedentes citados. Costas por su orden en razón de tratarse de un régimen jurídico novedoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas A.1518.XXXIX 'Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/ acción declarativa de inconstitucionalidad' y C.2682.XXXIX 'Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad', ambas falladas el 12 de mayo de 2009 mediante sentencias a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Que el texto de los precedentes mencionados se encuentra publicado en la página web del Tribunal."

La decisión se fundamenta por remisión a los precedentes citados, sin desarrollo argumental propio en el fallo.

Normas que cita

  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación ArgentinaCSJN · 12/05/2009
  • Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otrosCSJN · 12/05/2009

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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