CICAN S.A. Y OTRO s/INCIDENTE DE APELACION (ART. 250 CPCC)
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata, ordenando dictar un nuevo fallo conforme a lo dictaminado por la Procuradora Fiscal. La decisión se fundó en remisión a los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal.
¿Quién es el actor?
ACICAN S.A. y otro.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Economía y Producción), recurrente en el recurso extraordinario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
incidente de apelación (art. 250 CPCC) en la causa C. 1646. XLIV.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar al recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal a los que cabe remitir por razones de brevedad." El fallo no contiene desarrollo argumental propio; los fundamentos están en el dictamen de la Procuradora, que no se encuentra transcripto en el documento analizado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CPCCart. 250
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.