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Corte Suprema

SEOANE MARIA DEL CARMEN c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS s/RECURSO

El Estado Nacional recurrió en queja un fallo favorable a María del Carmen Seoane, quien reclamaba un beneficio reparatorio por haber debido exiliarse durante la dictadura. La Corte Suprema rechazó la queja del Estado, declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, por considerar que el exilio fue la única alternativa para preservar la seguridad e integridad física de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 35. XLIV. RHE
Exilio Reparacion Ley 24.043 Persecucion politica Seguridad e integridad fisica Terrorismo de estado Recurso extraordinario Queja Estado nacional Dragoevich.

¿Quién es el actor?

María del Carmen Seoane.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación prevista en la ley 24.043 (exiliado por razones de persecución política durante el régimen militar).

¿Qué se resolvió?

se admite la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...en atención a las consideraciones del dictamen que antecede, y a las expuestas por esta Corte en la causa 'Dragoevich, Héctor Ramón c/ M° J. y DD.HH. - art. 3° ley 24.043 (resol. 612/01)' (Fallos: 331:2663), corresponde concluir que el camino del exilio fue la única alternativa con la que contó la actora a efectos de preservar su seguridad e integridad física."

La Corte señala que "comparte el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos argumentos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad" (voto de Petracchi y Argibay).

No hay votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

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