FONTANA LUIS ALBERTO c/ MUÑOZ JUVENAL Y OTRA s/ACCION DE FRAUDE
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido por el actor en el juicio entre Fontana y Muñoz y dejó sin efecto la sentencia de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto, con costas a cargo de la parte vencida.
¿Quién es el actor?
Luis Alberto Fontana.
¿A quién se demanda?
Juvenal Muñoz y otra (DESCONOCIDO en cuanto al nombre de la segunda demandada, según el texto disponible).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no describe el reclamo original).
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada, impuso las costas (art. 68 CPCCN), ordenó el reintegro del depósito de fs. 2 y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresó que "los agravios del apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad." No hubo votos en disidencia. El texto disponible no contiene los fundamentos del dictamen de la Procuradora al que se remite.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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