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Corte Suprema

SERVIQUIM SRL c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por Serviquim S.R.L. y dejó sin efecto la sentencia apelada, por remisión a la doctrina sentada en la causa Massa respecto de las cuestiones sustancialmente análogas planteadas en el amparo contra la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02. La Cámara deberá dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a esa doctrina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 164. XLII. REX
Pesificacion Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Recurso extraordinario Remision a precedente Doctrina massa Emergencia economica Contratos en dolares

¿Quién es el actor?

Serviquim S.R.L.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (PEN); el Banco Central de la República Argentina y el Banco Credicoop Coop. Ltdo. intervinieron como contestantes del traslado del recurso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo contra la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02 (pesificación y sus efectos sobre obligaciones de la actora).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se ordenó a la Cámara dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de "Massa" (Fallos: 329:5913). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir 'en lo pertinente' en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, y se deja sin efecto la sentencia apelada, debiendo el tribunal a quo, por quien corresponda, dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina establecida en el mencionado precedente 'Massa'."

Nota: se trata de un fallo unánime, sin votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 15/12/2009 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331

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