HSBC BANK ARGENTINA SA c/ LABAT MARTIN ARIEL s/EJECUCION HIPOTECARIA
La demanda ejecutiva hipotecaria promovida por HSBC Bank Argentina S.A. contra Martín Ariel Labat versaba sobre un préstamo en dólares estadounidenses garantizado con hipoteca. La Corte Suprema revocó la sentencia que había declarado inaplicable el régimen de pesificación, y condenó al deudor a pagar la deuda convertida a pesos conforme a la Ley 25.561 y el Decreto 214/2002.
¿Quién es el actor?
HSBC Bank Argentina S.A. (HSBC Banco Roberts S.A., acreedor original).
¿A quién se demanda?
Martín Ariel Labat.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria de un préstamo de U$S 100.000 otorgado el 25/09/1998 para el giro industrial de la empresa, a devolver en sesenta cuotas mensuales con amortización de capital e intereses; mora desde el 11/06/2000.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada en cuanto declaraba inaplicable la pesificación. Se condenó al deudor a pagar en pesos a razón de un peso por dólar, reajustado por el coeficiente de estabilización de referencia e intereses de la normativa de emergencia. Costas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habilitada la posibilidad de examinar la validez y alcance de las leyes de pesificación en los términos mencionados, los jueces Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni señalan que en el caso se trata de una deuda en dólares estadounidenses de un particular con el sistema financiero, que se encuentra pesificada en los términos de los arts. 61 de la ley 25.561 y 11, 31 y 41 del decreto 214/2002…"
"…al haberse establecido precedentemente la aplicación al caso del régimen de pesificación de las deudas con el sistema financiero, dada la indudable naturaleza federal y de orden público de las normas que lo establecen, corresponde su aplicación obligatoria para el juez de la causa, sin que en el caso el acreedor haya planteado en tiempo y forma la inconstitucionalidad de esas normas."
Sobre cosa juzgada: los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Zaffaroni se remiten a lo resuelto en "Souto de Adler" (Fallos: 330:3593), considerandos 11 y 12.
Petracchi y Lorenzetti (en lo pertinente) remiten a la aplicación del art. 280 del CPCCN.
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Normas que cita
- Ley 25.561art. 61 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 214/2002arts. 11, 31, 41
- Ley 48arts. 14 inc. 3°, 16 segundo párrafo · Justicia nacional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Souto de AdlerCSJN · Fallos 330:3593
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