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Corte Suprema

GIANNANTONIO JUSTO LUIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/S/REAJUSTES VARIOS

El recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en un reclamo de reajuste de haberes previsionales fue declarado parcialmente procedente. La Corte revocó la sentencia apelada en el alcance fijado por el precedente D'Este, en lo referido a la pauta de movilidad aplicable tras marzo de 1995.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 72. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Anses Pauta de movilidad Marzo de 1995 Precedente d'este Reajuste previsional Art. 280 cpccn Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Justo Luis Giannantonio.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales conforme a la movilidad jubilatoria.

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS y se revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "D'Este" (Fallos: 331:2094). Las restantes objeciones del recurso fueron declaradas inadmisibles por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período posterior a marzo de 1995, resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en la causa 'D'Este' (Fallos: 331:2094), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que las restantes objeciones esgrimidas en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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