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Corte Suprema

BENYUIA PERLA c/ ANSES s/S/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la actora contra la ANSeS en materia de reajuste de haberes previsionales. Ordenó practicar la movilidad conforme al precedente Badaro, descontando lo percibido por los aumentos decretados por el Poder Ejecutivo, y modificó el plazo de cumplimiento conforme la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 306. XLII. RHE
Movilidad previsional Reajuste de haberes Precedente badaro Ley 26.153 Ley 24.463 Ley 25.561 Tasa de interes Inconstitucionalidad generica Anses Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Perla Benyuia.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales desde abril de 1995 hasta fines de 2006, intereses y constitucionalidad de los arts. 21, 41 de la ley 25.561, y 16, 17, 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar al recurso extraordinario; la movilidad se practica según el índice fijado en "Badaro", con descuento de los incrementos decretados por el Poder Ejecutivo si arrojaban una prestación superior; se modificó el plazo de cumplimiento según la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios de la titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad".

Sobre la tasa de interés: "no justifican la intervención del Tribunal según lo resuelto en el precedente 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507)".

Sobre el art. 21 de la ley 24.463: "hallan adecuada respuesta en lo decidido por esta Corte en la causa F.444.XXXVIII 'Flagello'".

Sobre el art. 41 de la ley 25.561: "carece de fundamento el planteo de inconstitucionalidad... ya que resulta genérico y no ha demostrado el perjuicio concreto y actual", por lo que se declaró desierto el remedio.

Sobre los arts. 16, 17 y 23 de la ley 24.463: "han devenido abstractas, pues los citados artículos han sido derogados por la ley 26.153".

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 16, 17, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.561art. 41 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
  • Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de la prescripciónCSJN · 20/08/2008

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