ZIELLA CARLOS ALBERTO c/ ESTADO NACIONAL (M° DE JUSTICIA )DTO 1770/91 s/EMPLEO PUBLICO
Los actores reclamaron el pago de sus créditos contra el Estado Nacional derivados de un empleo público, en el marco del régimen de cancelación de deudas estatales dispuesto por el decreto 1770/91. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de la causa Edesur S.A..
¿Quién es el actor?
Carlos Alberto Ziella y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Justicia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de créditos por empleo público en el marco del decreto 1770/91 (régimen de cancelación de deudas estatales).
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada. Las costas se impusieron por su orden, en atención a la complejidad de la materia y a que los sucesivos cambios normativos sobre el régimen de cancelación de deudas estatales pudieron suscitar dudas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la cuestión debatida en el sub examine encuentra adecuada respuesta a lo resuelto in re: 'Edesur S.A. c/ Estado Nacional - Dirección Nacional de Bienes del Estado' (Fallos: 331:2628), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La Corte no desarrolla fundamentos propios, sino que remite a la doctrina de Fallos 331:2628. El fallo es unánime.
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Normas que cita
- Decreto 1770
Fallos que cita
- Edesur S.A. c/ Estado Nacional - Dirección Nacional de Bienes del EstadoCSJN · Fallos 331:2628
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