EDESUR S.A. c/ RESOLUCION 176/05 Y OTRO s/RECURSO DIRECTO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario deducidos por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III, en cuanto fue motivo de agravios. Ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Edesur S.A. (en el recurso de hecho, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad actúa como parte recurrente en calidad de demandado en autos).
¿A quién se demanda?
Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la Resolución 176/05 del ENRE, que impuso una multa a Edesur S.A. en el marco del contrato de concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue motivo de agravios, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresó textualmente: "Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al que se remite en razón de brevedad." Por remisión a dicho dictamen (que puede consultarse en el sitio de la Procuración General de la Nación, causa E.236 L.XLIII), la decisión se funda en la adhesión íntegra a los argumentos de la Procuradora, sin que el texto de la sentencia desarrolle fundamentos propios adicionales.
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