DEL BUENO DE JUARISTI EVA MIRTA c/ BANCO DE GALICIA Y BS.AS. BOLIVAR s/AMPARO MED. CAUTELAR
La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y por el Estado Nacional en un amparo contra una medida cautelar. Revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a la doctrina de los precedentes Agüero y Coronel.
¿Quién es el actor?
Eva Mirta Del Bueno de Juaristi.
¿A quién se demanda?
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. (sucursal Bolívar), en el marco de un amparo con medida cautelar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
El fallo no describe el reclamo de fondo; sólo indica que las cuestiones son sustancialmente análogas a las de las causas Agüero y Coronel.
¿Qué se resolvió?
Se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios, se revocó la sentencia apelada, sin costas por no haberse contestado el traslado a fs. 194, y se devolvieron los autos para que el tribunal a quo dicte un nuevo fallo según los precedentes citados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas 'Agüero' (Fallos: 332:1039) y 'Coronel' (Fallos: 332:1060), a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad. El texto de los precedentes mencionados se encuentra publicado en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar)."
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Fallos que cita
- AgüeroCSJN · Fallos 332:1039
- CoronelCSJN · Fallos 332:1060
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