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Corte Suprema

DUARTE BERNARDINA c/ EMPRESA ARGENTINA DE SERVICIOS PUBLICOS S.A. DE TA OTRO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, hizo lugar a la queja de la aseguradora citada en garantía y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H. Admitió que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado y que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 80. XLVI. RHE
Seguro de responsabilidad civil Franquicia contractual Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Danos y perjuicios Transporte publico de pasajeros Limites de la contratacion Recurso extraordinario Queja Ejecucion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Bernardina Duarte.

¿A quién se demanda?

Empresa Argentina de Servicios Públicos S.A. de Ta y otro; Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite a lo resuelto en los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y en "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones da por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Transcripción textual relevante: "Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes..." y "La jueza Argibay se remite a su disidencia en la causa 'Villarreal' (Fallos: 331:379)." Resultando inoficioso el dictamen del Procurador General.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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