O.S TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS c/ ESTADO NACIONAL-AFIP s/S/INCIDENTE
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP en el reclamo de la obra social de trabajadores del gas contra el Estado Nacional por aportes y medidas cautelares. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo, remitiendo a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.
¿Quién es el actor?
O.S. Trabajadores de la Industria del Gas.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - AFIP.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestiones vinculadas a aportes de obra social y medidas cautelares.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir en razón de brevedad." (Los fundamentos completos están en el dictamen de la Procuración General, no transcriptos en la sentencia.)
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Carmen M. Argibay, en disidencia, consideró que "el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)", y votó por desestimar la queja.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
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