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Corte Suprema

LOPEZ ADHELMA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

Los ahorristas demandaron al Estado nacional por la pesificación de sus depósitos bancarios dispuesta por la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema, remitiendo al precedente Massa, dejó sin efecto las sentencias anteriores y reconoció el derecho a recuperar los depósitos en dólares convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 107. XLVI. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Cer Restitucion de depositos Intereses 4% anual Poder ejecutivo nacional Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Adhelma López, Ana Angela Baigorria, Daniel Roque Vitolo y otro, Graciela Cecilia Ventura, Marta Lage, Banegas de Oliva Argentina (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado nacional), con intervención de la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por la ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02, y reclamo de restitución de los depósitos en su valor original.

¿Qué se resolvió?

"se declaran procedentes los recursos extraordinarios, y se dejan sin efecto las sentencias apeladas"; se reconoce "el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad". Se establece que los pagos a cuenta deben computarse "del modo indicado en la causa 'Kujarchuk' (Fallos: 330:3680)", y que el reconocimiento tiene "el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara" y excluye los supuestos de canje por bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles). Costas de esta instancia en el orden causado, por "la excepcional situación suscitada en esta clase de causas".

Normas que cita

Fallos que cita

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