JurisprudenciaARG
Corte Suprema

P.C.F. c/ s/INSANIA

El recurso de hecho interpuesto por la Curadora Pública Oficial en la causa por insania de C.F.P. fue admitido por la Corte Suprema, que consideró arbitraria la decisión de la Cámara que confirmó la competencia de la justicia nacional civil pese a la distancia entre el lugar de internación y el juzgado interviniente. La Corte declaró competente a la justicia bonaerense para garantizar la inmediación y el control efectivo de la internación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 553. XLIV. RHE
Insania Internacion involuntaria Competencia territorial Inmediacion Control de internacion Salud mental Tutela judicial efectiva Debido proceso Arbitrariedad Proteccion del incapaz

¿Quién es el actor?

C.F.P., persona declarada incapaz por insania (representada por la Curadora Pública Oficial y la Defensora Pública de Menores e Incapaces).

¿A quién se demanda?

No corresponde (procedimiento de insania y control de internación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación de la competencia territorial para el control de la internación y la protección de la persona y el patrimonio del incapaz.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se declaró competente a la justicia de la provincia de Buenos Aires, se remitió la causa a la Suprema Corte bonaerense para que determine el tribunal competente y se ordenó adoptar medidas urgentes de protección.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...ante la existencia de una declaración de insania y de una internación involuntaria de larga data, resulta imperioso, —atento su vulnerabilidad y desprotección—, extremar la salvaguarda del principio de inmediatez en resguardo de los derechos fundamentales de las personas con sufrimiento mental, en procura de su eficaz protección." "...la distancia entre el lugar de internación del causante y el juzgado interviniente (aprox. 92 km, ver fs. 236) ha impedido que C.F.P. pueda tomar contacto continuo con el juez, lo que redunda en la imposibilidad de ser oído por éste." "...se han vulnerando el derecho a la libertad —que implica el debido contralor de la internación del incapaz— y el derecho al debido proceso para lo cual resulta indispensable la inmediatez tanto con el tribunal, como también con el Curador y el Defensor de Menores e Incapaces."

Se aclara que la ministra Argibay no compartió los considerandos 8° y 13° (fundamentación sobre cuestión federal y arbitrariedad).

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CCarts. 141, 59 · Codigo civil
  • Constitución Nacionalarts. 16, 17, 18, 19, 33, 41, 43, 75 inc. 22 y 23 · Constitucion nacional
  • DUDH (Internacional)art. 25
  • DADDH (Internacional)art. XI
  • CADH (Internacional)arts. 7, 8, 25
  • PIDCP (Internacional)arts. 7, 9, 10, 14
  • PIDESC (Internacional)art. 12
  • Ley 25.280Convenciones
  • Ley 26.378Convenciones

Fallos que cita

  • Competencia N° 1524.XLI "Cano, Miguel Ángel s/ insania"CSJN · 27/12/2005
  • Tufano, R.A. s/ internaciónCSJN · Fallos 328:4832
  • R., M. J. s/ insaniaCSJN · Fallos 331:211
  • Competencia N° 107.XLIV "P., O. M. T. s/ insania y curatela"CSJN · 26/08/2008
  • Fallos 320:2162CSJN
  • Fallos 324:1098CSJN
  • Fallos 325:581CSJN
  • Fallos 326:1198CSJN
  • Fallos 327:1211CSJN
  • Fallos 328:4489CSJN
  • Fallos 329:2212CSJN
  • Fallos 311:2701CSJN
  • Fallos 322:1481CSJN
  • Fallos 311:358CSJN
  • Fallos 320:2105CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.