VIALE ANA c/ M° J Y DDHH ART 3 LEY 24043 DICT 1304/05 s/
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en el reclamo de Ana Viale fundado en el artículo 3 de la ley 24.043. La solución sigue en lo sustancial lo resuelto en la causa Portugheis, y el expediente vuelve al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ana Viale.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación prevista en el artículo 3 de la ley 24.043 (personas privadas de libertad o exiliadas durante el gobierno de facto).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró admisible el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia impugnada, con costas, y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo conforme a lo decidido en "Portugheis".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la cuestión planteada en la presente es sustancialmente análoga a la resuelta en la causa 'Portugheis' (Fallos: 331:2104), a cuyas consideraciones corresponde remitir en lo pertinente". Se consideró además el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al que la Corte remite expresamente.
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Normas que cita
- Ley 24.043art. 3 · Indemnizaciones
Fallos que cita
- PortugheisCSJN · Fallos 331:2104
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