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Corte Suprema

RANDAZZO MARIA LUISA c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Banco Roela S.A., revocó la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba y rechazó la demanda de amparo de María Luisa Randazzo, aplicando el criterio fijado en el precedente Velo de Ipola de 2009. La decisión se fundó por remisión a ese precedente, sin desarrollar argumentos propios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 360. XLVI. REX
Amparo Recurso extraordinario Remision jurisprudencial Velo de ipola Estado nacional Costas por su orden Complejidad de la cuestion Ministerio de economia Rechazo de demanda

¿Quién es el actor?

María Luisa Randazzo.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido por la actora (el fallo no detalla en su texto la pretensión concreta).

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar al recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda en los términos del precedente "Velo de Ipola". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda en los términos del precedente citado. Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida y a las particularidades del caso."

Nota: el fallo no contiene fundamentación propia; la decisión se apoya íntegramente en la remisión al precedente citado.

Fallos que cita

  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009

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