ACOSTA MERCEDES ROSA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente el recurso extraordinario deducido por una jubilada y ordenó practicar la movilidad de su haber, por el período de abril de 1995 a diciembre de 2006, conforme al índice fijado en el precedente Badaro. La decisión dispuso que, si los aumentos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo en ese mismo período arrojan una prestación superior, deberá estarse a ese resultado.
¿Quién es el actor?
Mercedes Rosa Acosta.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la prestación previsional a partir de abril de 1995 hasta fines de 2006, con aplicación de la movilidad conforme a los precedentes de la Corte.
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente el recurso extraordinario y se dispuso que la movilidad por el lapso indicado en el fallo "Badaro" se practique de conformidad con el índice allí fijado. Si los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo durante el mismo período arrojasen una prestación superior, deberá estarse a ese resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Que los planteos de la actora atinentes al reajuste solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
El fallo no contiene votos en disidencia; la decisión fue suscripta por la totalidad de los ministros.
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