APPENDINO ELVIO LUIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de un jubilado y revocó parcialmente la sentencia en materia de movilidad jubilatoria. Ordenó practicar la movilidad del período posterior a marzo de 1995 conforme al índice fijado en el precedente Badaro, salvo que los aumentos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior.
¿Quién es el actor?
Elvio Luis Appendino (jubilado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de la movilidad de la prestación previsional para el período posterior a marzo de 1995.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó parcialmente la sentencia apelada y se dispuso que la movilidad por el lapso indicado se practique según el índice fijado en "Badaro", salvo que los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo durante el mismo período arrojen una prestación superior, en cuyo caso deberá estarse a su resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las objeciones del jubilado vinculadas con la movilidad de la prestación para el período posterior a marzo de 1995, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en el precedente "Badaro" (Fallos: 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
La decisión es breve y se remite íntegramente a los fundamentos de "Badaro", sin desarrollo argumental propio. No se registran votos en disidencia en el texto transcripto.
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Fallos que cita
- BadaroCSJN · Fallos 330:4866
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