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Corte Suprema

TORRES EDUARDO ALBERTO c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES M° J Y SEG s/

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto en la demanda contencioso administrativa iniciada por un empleado penitenciario de la Provincia de Buenos Aires contra el Ministerio de Justicia y Seguridad provincial. Dejó sin efecto la decisión apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme al dictamen de la Procuración General.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 271. XLV. REX
Servicio penitenciario Empleados publicos provinciales Jubilacion y pension Recurso extraordinario Demanda contencioso administrativa Provincia de buenos aires Remision a dictamen Procedencia Nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Eduardo Alberto Torres.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires - Ministerio de Justicia y Seguridad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda contencioso administrativa vinculada a cuestiones de empleo público provincial, servicio penitenciario, jubilación y pensión (según los descriptores de la carátula).

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la decisión apelada con los alcances del dictamen de la Procuradora Fiscal, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte expresa que "comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir en razón de brevedad". El texto del fallo no desarrolla otros fundamentos propios; los argumentos sustanciales se encuentran en el dictamen remitido, que no fue incluido en el documento analizado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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