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Corte Suprema

FERNANDEZ DOMINGUEZ JOSE MANUEL Y OTRA c/ CATTANEO ALEJANDRINA DEL CARMEN Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

En un proceso de ejecución hipotecaria, la demandada cuestionó la validez constitucional de la ley 26.167 y el modo de calcular el monto de la ejecución y la tasa de interés fijada por la Cámara. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y revocó el fallo apelado en cuanto declaraba la inconstitucionalidad de la ley 26.167 y en lo referente al cálculo del monto de la ejecución y la tasa de interés, por remisión a lo resuelto en la causa Lama.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 394. XLV. RHE
Ejecucion hipotecaria Ley 26.167 Inconstitucionalidad Calculo del monto de ejecucion Tasa de interes Recurso extraordinario Queja Precedente lama Costas por su orden Ley de intereses

¿Quién es el actor?

José Manuel Fernández Domínguez.

¿A quién se demanda?

Alejandrina del Carmen Cattáneo (ejecutada, recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente la queja, admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en cuanto declaraba la inconstitucionalidad de la ley 26.167 y en lo relativo al modo de calcular el monto de progreso de la ejecución y a la tasa de interés. Las costas se impusieron en el orden causado. La decisión se fundó en que las cuestiones son sustancialmente análogas a las resueltas en "Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra" (CSJN, 6/11/2007), cuyos fundamentos se dieron por reproducidos por razón de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.839.XLII 'Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra', fallada el 6 de noviembre de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

> "Por ello, resultando inoficioso que dictamine el señor Procurador General..."

El fallo es breve y no contiene fundamentación autónoma: su solución depende íntegramente del precedente "Lama", al que remite. No hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otraCSJN · 06/11/2007

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