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Corte Suprema

RASCON ALBERTO ANTONIO c/ AFIP DGI s/INCIDENTE DE NULIDAD E INCONST.

Los recursos extraordinarios de la AFIP y de los contribuyentes fueron declarados procedentes en causas de ejecución fiscal iniciadas por la AFIP contra contribuyentes, en las que se cuestionó la validez de la ejecución por la vía de incidentes de nulidad e inconstitucionalidad. La Corte confirmó parcialmente las sentencias apeladas remitiendo al criterio fijado en el precedente A.F.I.P. c/ Intercorp S.R.L., que resolvió la cuestión de fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 73. XLV. REX
Ejecucion fiscal Incidente de nulidad Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Competencia de primera instancia Afip-dgi Intercorp Medidas cautelares Costas.

Actor/Recurrente: Alberto Antonio Rascon y otros contribuyentes (en el caso de varias causas acumuladas, las partes ejecutadas), y la AFIP (DGI) en su calidad de ejecutante según el caso.

Demandado/Recurrido: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP - DGI), Regional Resistencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidentes de nulidad e inconstitucionalidad planteados en el marco de ejecuciones fiscales promovidas por la AFIP.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se confirmaron parcialmente las sentencias apeladas, en los términos y con los alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp S.R.L." (causa A.910.XXXVII, sentencia del 15 de junio de 2010). Las costas se impusieron por su orden en atención a la complejidad de la cuestión y a la forma en que se resolvió. Se devolvieron los autos al tribunal a quo para que proceda de acuerdo con lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa A.900.XXXVII 'A.F.I.P. - A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscal', sentencia del 14 de septiembre de 2010, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, en razón de brevedad, no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios en examen la circunstancia de que las sentencias impugnadas hayan sido dictadas por un juzgado de primera instancia."

"En cuanto a la cuestión de fondo, resulta aplicable a estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa A.910.XXXVII 'Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal', sentencia del 15 de junio de 2010 a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Por su parte, los jueces Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remiten a sus respectivas disidencias emitidas en el fallo citado en último término."

Nota sobre el voto: los doctores Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remitieron a sus disidencias en el precedente Intercorp, por lo que su posición no integró el fundamento propio de este fallo.

Fallos que cita

  • A.F.I.P. - A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscalCSJN · 14/09/2010
  • Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscalCSJN · 15/06/2010

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