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Corte Suprema

FERROVENT SRL (EN FORMACION) JULIO ENRIQUE PELAY Y CRISTINA SUAREZ s/QUIEBRA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la quiebra de Ferrovent S.R.L. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y ordenó dictar un nuevo fallo conforme al precedente Flores de Massari c/ Zangari.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 401. XLVI. REX
Quiebra Recurso extraordinario Queja Recurso de hecho Banco de la ciudad de buenos aires Ferrovent s.r.l. Flores de massari c/ zangari Doctrina de la corte Nuevo fallo Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires (recurrente en el recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

No se identifica un demandado en sentido estricto; el proceso es una quiebra de Ferrovent S.R.L., con intervención del síndico José María Larrory.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial dictada en el marco de la quiebra de Ferrovent S.R.L.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada, impuso las costas por su orden y remitió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo con arreglo a la doctrina de la causa F.43.XLV "Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, Alejandro" (sentencia del 3 de agosto de 2010).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal consideró aplicable el criterio establecido en la causa "Flores de Massari", a cuyos fundamentos y conclusiones remitió en razón de brevedad. Textualmente: "Que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal en la causa F.43.XLV 'Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, Alejandro', sentencia del 3 de agosto de 2010, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad." La sentencia no desarrolla fundamentos propios adicionales; la solución se apoya íntegramente en el precedente citado.

Fallos que cita

  • Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, AlejandroCSJN · 03/08/2010

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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