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Corte Suprema

FERROVENT SRL c/ s/QUIEBRA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario en el proceso concursal de Ferrovent S.R.L., dejó sin efecto la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y ordenó dictar un nuevo fallo conforme al precedente Flores de Massari c/ Zangari del 3 de agosto de 2010.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 385. XLVI. RHE
Quiebra Concurso Recurso extraordinario Recurso de queja Arbitrariedad Precedente flores de massari Costas por su orden Banco de la ciudad de buenos aires Ferrovent s.r.l. Sindico

¿Quién es el actor?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires (recurrente en el recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

Ferrovent S.R.L., en proceso de quiebra; traslado contestado por el síndico José María Larrory.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

El expediente no permite identificar con precisión el reclamo concursal de fondo; la resolución se limita a la admisibilidad y al alcance del recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría de la unanimidad de los ministros, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada, impuso las costas por su orden y remitió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a la doctrina del precedente citado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal en la causa F.43.XLV 'Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, Alejandro', sentencia del 3 de agosto de 2010, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad." La decisión se apoya íntegramente en la remisión al precedente, sin desarrollo argumental propio. Costas: "en virtud de las particularidades de la relación jurídica sobre la que versaron las actuaciones (artículo 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, AlejandroCSJN · 03/08/2010

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