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Corte Suprema

DGI(AUTOS APPLICATION SOFWARE S.A TF 20373-I) s/

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que había confirmado lo resuelto por el Tribunal Fiscal, y confirmó la determinación de oficio de la AFIP-DGI en el impuesto a las ganancias por pagos a beneficiarios del exterior, aplicando la presunción de ganancia neta del 90% del inc. h del art. 93 de la ley del gravamen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 708. XLIII. ROR
Impuesto a las ganancias Agente de retencion Beneficiarios del exterior Art. 93 ley del impuesto a las ganancias Inc. h presuncion 90% Determinacion de oficio Ganancia neta fuente argentina Recurso ordinario de apelacion Picapau Intereses resarcitorios

Actor (Demandante): Application Software S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de resoluciones de determinación de oficio de la obligación tributaria como agente de retención del impuesto a las ganancias por pagos a beneficiarios del exterior (julio 1996 a agosto 1999), con liquidación de intereses resarcitorios y multa del art. 45 de la ley 11.683.

¿Qué se resolvió?

La Corte revocó la sentencia apelada y confirmó la resolución de la DGI en cuanto determinó la obligación tributaria de la actora. Costas a la actora vencida. Se devuelven los autos para que se pronuncie sobre multa e intereses conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara había coincidido con el Tribunal Fiscal en que resultaba aplicable el tratamiento del inc. b del art. 93 de la ley del gravamen, excluyendo el inc. h. El Fisco sostuvo que no se reunían los recaudos para asignar a la actora el tratamiento del inc. b, por lo que correspondía aplicar el inc. h, que presume una ganancia neta de fuente argentina del 90% de las sumas pagadas. La Corte remitió, por razones de brevedad, al criterio del dictamen del Procurador General en el caso "Picapau" (Fallos: 328:3381), en lo pertinente.

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 45 · Procedimiento fiscal
  • Ley 1285/58art. 24
  • CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • PicapauCSJN · Fallos 328:3381

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