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Corte Suprema

GONZALEZ ADOLFO RAMON Y OTRO c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido por el Banco Central y dejó sin efecto la sentencia que había reconocido el reclamo por la pesificación de depósitos en dólares. Reconoció, en cambio, el derecho del actor a recuperar su depósito en pesos a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, siguiendo el precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 377. XLVI. REX
Pesificacion Depositos en dolares Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 214/02 Cer Intereses Recurso extraordinario Banco central Precedente massa

¿Quién es el actor?

Adolfo Ramón González y otro.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (ley 25.561, decretos 1570/01 y 214/02) y, como parte recurrente, el Banco Central de la República Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por la normativa de emergencia.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada. Se declaró el derecho del actor a obtener el reintegro de su depósito, convertido a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas durante el pleito y las entregadas por medidas cautelares. Se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o aplicación de los fondos a fines específicos. Costas de esta instancia por el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en tales condiciones, las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir —en lo pertinente— en razón de brevedad." "El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)." "El reconocimiento de tal derecho lo es, en su caso, con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente."

Normas que cita

Fallos que cita

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