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Corte Suprema

CERRO CARLOS ROBERTO Y OTRO c/ LES FERNANDO ESTEBAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y admitió el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía. Resolvió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 132. XLVII. REX
Recurso extraordinario Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Accidente de transito Danos y perjuicios Transporte publico de pasajeros Limites de la contratacion Ley 48

¿Quién es el actor?

Carlos Roberto Cerro y otro.

¿A quién se demanda?

Fernando Esteban Les y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (lesiones o muerte).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden en la instancia extraordinaria, con costas (sin distinción adicional en el fallo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remitió a las consideraciones de sus precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna", sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones dio por reproducidas. Textualmente: "Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes..." La jueza Argibay se remitió a su disidencia en la causa "Villarreal" (Fallos: 331:379).

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 16
  • Ley 48art. 16 (segunda parte) · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · 04/03/2008 · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · 04/03/2008 · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · 04/03/2008 · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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